Por su parte, Carolina Hernández ha subrayado que esta propuesta de cese está basada de acuerdo al artículo 6.1. d) de la ley 3/2000, de 26 de mayo, de creación del ente público de radio televisión de castilla la mancha y en base al artículo 9.1.b) "incompetencia manifiesta o actuación contraria a los criterios, principios y objetivos a los que se refiere la presente ley". No en vano, de los ocho principios que inspiran la programación de RTVCLM en la ley 3/2000, el director general incumple al menos 6 de ellos, es decir, el 75% del total de los principios de programación.
Según Hernández, los principios que inspiran la programación de RTVCLM en la ley 3/2000 y que incumple el director general son los siguientes:
Artículo 13: "la programación que emitan los servicios públicos de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Comunidades se inspirará en los siguientes principios:
a) El respeto a los principios que informan la constitución española y el estatuto de autonomía de castilla la mancha y a los derechos y libertades que en ellos se reconocen y garantizan.
b) La objetividad, la veracidad e imparcialidad de las informaciones.
c) El respeto a la libertad de expresión.
d) El respeto al pluralismo político, cultural y social.
e) El respeto y especial atención a la infancia y a la juventud.
f) El respeto a los principios de igualdad y de no discriminación.
Los populares han demostrado con innumerables casos y ejemplos el incumplimiento manifiesto de cada uno de estos principios por lo que han insistido en su propuesta de cese ante “la incompetencia manifiesta o actuación contraria a los criterios, principios y objetivos a los que se refiere la presente ley”.
http://www.elheraldodelhenares.es/pag/noticia.php?cual=7415
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