domingo, 30 de enero de 2011

Desde el PP dan siete días a Barreda para que vuelva a verse Telemadrid en Guadalajara y Toledo - Fuente: La Crónica

La senadora del PP de Castilla-La Mancha, Carmen Riolobos, le he dado al presidente de Castilla-La Mancha, José Mª Barreda, un plazo improrrogable de siete días naturales para que proceda a la eliminación de las señales que interfieren el canal radioeléctrico 63, por parte de Telecom Castilla-La Mancha, y que están impidiendo que los ciudadanos de Toledo y Guadalajara puedan recibir información y programación de Telemadrid.

Riolobos le recuerda que el pasado día 18 le formuló pregunta oral al Ministro de Industria, Miguel Sebastián, interesándose por los motivos de la interrupción de la señal televisiva de Telemadrid en zonas limítrofes de Castilla-La Mancha con la de Madrid. La respuesta fue que es debido a la emisión de señales desde antenas de Telecom Castilla-La Mancha desde Toledo y Guadalajara –desde el canal radioeléctrico que pertenece a Telemadrid- y que dicha operadora no ha acatado la orden dada de que cese inmediatamente esas emisiones ilegales.

La senadora popular ha remitido –a través de un burofax- está petición otorgando un plazo de siete días -que es el mismo que la administración regional confiere a los infractores en casos similares- y le ha indicado a José Mª Barreda que “en caso contrario me reservo el derecho de acudir a los Tribunales en el orden jurisdiccional que estime más conveniente para la defensa de los intereses generales”, entendiendo que “podría estar cometiendo, presuntamente, por conducta omisiva, el delito previsto y penado por el artículo 538 del Código Penal”, tal y como detalla en el referido burofax.

Finalmente, Riolobos denuncia la falta de diligencia, por parte de José Mª Barreda en un asunto en el que es competente, pues el artículo 56 de la Ley 7/2010 dispone que son las Comunidades Autónomas las que ejercerán las competencias de supervisión, control y protección activa para garantizar el cumplimiento de lo previsto en dicha ley.

http://www.lacronica.net/articulo.asp?idarticulo=41279

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